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Por Assuès López Orleans

El pasado mes de septiembre el Tribunal Supremo sentenciaba que existe una relación laboral entre la empresa de mensajería Glovo y sus repartidores. Ello se debe sobretodo a que la actividad de los llamados riders, se realiza en base al programa informático desarrollado por la compañía, que conecta a los repartidores con los clientes y los comercios remitentes. Este hecho demuestra que los mensajeros siguen las directrices de su empleador, dependen principalmente de la retribución por esta actividad y de una infraestructura que les es ajena, esto es, que dependen del programa y no solamente de la bicicleta. También se señala la capacidad de seguimiento continua de la empresa sobre los riders vía GPS, además de su falta de organización empresarial autónoma. Glovo justifica dicha autonomía de los riders en base a su libertad para escoger horarios, algo que ha desestimado el Tribunal, ya que esta “libertad” se ve condicionada por el sistema informático de valoración de los mensajeros. Esto se debe a que, si estos no se encuentran disponibles en las franjas de mayor demanda, la puntuación y posibilidad de recibir más encargos disminuye y, con ella, el sueldo. 

La principal consecuencia política de esta sentencia es la necesidad de legislar sobre esta materia. El ministerio de trabajo anunció en febrero la llamada “ley rider”, destinada a acabar con los “falsos autónomos” dentro del sector. Dicha regulación parece que adoptará la forma de decreto-ley, cuyo borrador fue acordado entre patronal, sindicatos y gobierno, y establecerá la relación laboral entre repartidores y empresas basadas en plataformas digitales.  A pesar de concluir unos cuatro meses de negociaciones, esta propuesta no esta exenta de críticas: tres asociaciones de riders reunieron a alrededor de 2.000 repartidores en 12 ciudades del país para manifestarse en su contra, y en favor de su derecho a elegir trabajar en régimen de autónomos. Aun así, a pesar de la dificultad para obtener datos, se estima que en España hay unos 15.000 repartidores trabajando para plataformas digitales, cifra que a aumentado en un 70% desde el inicio de la pandemia. Además, estas movilizaciones llevaron consigo el cierre de la plataforma Glovo mientras tuvieron lugar, incentivando la participación de los riders, castigando a quienes se quisieran abstener, y contrastando con la negativa de la empresa a clausurar sus servicios durante el temporal Gloria de principios de 2020. Otro sector crítico es UGT, quienes defienden la solución de esta problemática a través de la legislación vigente, atendiéndose a los posibles convenios colectivos aplicables y a la jurisprudencia laboral europea, señalando a la vez la insuficiencia de dicho decreto gubernamental por si solo.

En cualquier caso, el futuro apunta hacia la regularización laboral de esta actividad, pero se mantiene la duda sobre si ello servirá para acabar con los ejemplos de precariedad y explotación que han arrastrado estas plataformas. En principio esto debería terminar con prácticas como el re-alquiler de cuentas de trabajo –en muchos casos a personas indocumentadas–; dar garantía a los riders sobre el contenido de sus envíos –evitando situaciones como los narco-pedidos–; y dar derecho a los correspondientes descansos de trabajo, seguridad en los horarios, sueldo estable, vacaciones retribuidas o garantías de protección ante accidentes. Cabe recordar que una de las motivaciones de la primera denuncia por parte de un trabajador a Glovo fue la desatención de la empresa ante un accidente, además de la muerte de un repartidor en 2019 en las calles de Barcelona. Ahora, uno de los temores que se señala es la subcontratación de ETTs como Jobandtalent para la captación de nuevos riders, como en Madrid, que puedan llevar al encadenamiento de contratos por obra y servicio de los repartidores, sin llegar a obtener nunca los beneficios de un indefinido a pesar de cumplir las mismas condiciones. 

Y es que, al margen de estas recientes movilizaciones impulsadas por las patronales, el desarrollo de estas plataformas digitales en nuestro país, desde 2015, también ha traído consigo experiencias de asociación y lucha contra las condiciones mencionadas. Quizás la más importante es la asociación Riders x Derechos, vinculada a UGT y a la IAC en Catalunya, quienes han impulsado y acompañado la mayoría de procesos judiciales contra las práctivas abusivas de dichas empresas. A ésta se han vinculado cooperativas de ciclo-mensajería en todo el país con una clara visión social, que ofrecen una alternativa de servicios a este modelo precario y federadas a nivel internacional con CoopCycleMensaka [1] en Barcelona o La Pájara en Madrid, dos ejemplos dentro de la federación, no solo ofrecen un servicio socialmente responsable, sino que sirven de oposición al proyecto de la llamada “uberización” de la economía, por la cual la aparición de empresas como las mencionadas, Cabify o AirBnB traen consigo la perdida de derechos y garantías laborales y del tejido social preexistente en las ciudades. 

Estas empresas, start-ups en su día, suelen financiarse a través de rondas de inversión de capital-riesgo. Glovo acaba de recibir este mismo mes de abril 450 millones de euros en financiación proveniente de fondos de inversión estadounidenses, que se destinaran a la expansión de la empresa en nuevos países y a su futura salida en bolsa. Aun así, sus fundadores sostienen que el salario de 9 euros la hora de los riders (que según consta, realmente cobran por pedido), en Barcelona o Madrid, es adecuado ya que cumple con la competitividad de mercado. 

En definitiva, toda esta cuestión no es más que otro caso más amontonado en un proceso de precarización que envuelve a la sociedad contemporánea, que empezó afectando principalmente a colectivos vulnerables como jóvenes o migrantes, y que desgraciadamente afecta a cada vez más sectores de la población. Riders, encuestadores, tele-operadoras, periodistas en prácticas, entre otros varios puestos de trabajo, normalmente gestionados a través de ETTs, ofrecen relaciones laborales con importantes recortes en derechos, ya sea por la naturaleza del contrato –si es que éste existe–, el incumplimiento de convenios o la hiper-flexibilización de horarios. Trabajos que, según la clasificación de Graeber[2], serian tomados entre “lacayos”, por la posición social de quienes los desarrollan, y “esbirros”, por su futilidad social inherente al existir meramente porque alguien individualmente solicita su contratación. Como expone Rendueles [3], la tecnología en los últimos tiempos ha ayudado a convertir las relaciones laborales en vínculos privados entre trabajador y empresario, ocultando su dimensión social con un claro resultado político: la dificultad para poner en común las problemáticas sociales y laborales con el entorno inmediato, y por ende la incapacidad de control sobre los medios de vida. De ahí, que tanto la sentencia del Supremo, como la “ley rider” o la derogación de la reforma laboral de 2012, urjan y constituyan un elemento clave para el panorama político al que se enfrenta esta legislatura. 

 

Notas

[1] Vale la pena recoger el testigo de una ex-trabajadora de Glovo que expone el proyecto, la trayectoria y las razones que llevaron a la creación de esta cooperativa en el siguiente corto.

[2] Graeber, D. (2018) “¿Qué tipo de trabajos de mierda hay?” en Trabajos de mierda, Barcelona: Ariel

[3] Rendueles, C. (2020) “Iguales que los demás e iguales con los demás” en Contra la igualdad de oportunidades: Un panfleto igualitarista, Barcelona: Seix Barral